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La derrota del trabajo

Como un primer signo de unidad entre los espacios opositores en la legislatura nacional, los bloques de diputados acordaron un dictamen de mayoría para el proyecto de emergencia ocupacional, que limita los despidos durante dosFoto 2 años. La medida, que tendría un efecto retroactivo al 1 de marzo, establece que, en caso de producirse un despido, el empleador deberá pagar una doble indemnización. Desde el bloque de Cambiemos rápidamente se rechazó la iniciativa y se propuso que el instrumento cobrara vigencia cuando el índice de desocupación alcanzara los dos dígitos.

Detrás de la propuesta para limitar los despidos se alinearon los bloques del Frente para la Victoria, Justicialistas y el Partido Socialista, que aprobaron en la comisión de Trabajo la iniciativa que se dirige a frenar las olas de despidos que afectan a todo el país.

“Artículo 4°: Quedan prohibidas, durante el tiempo establecido en el artículo 2°, las cesantías o desvinculaciones dispuestas por el Estado empleador, incluso Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con participación estatal y/o Entes Públicos no estatales. Los distractos dispuestos en contravención a dicha prohibición serán nulos.

En los casos del vencimiento del plazo de los contratos, los mismos serán renovados automáticamente hasta la fecha de caducidad de la Emergencia Laboral declarada en el artículo 1°.”

“Artículo 6°: Los trabajadores afectados por despidos o cesantías dispuestos en violación a lo dispuesto en los artículos 4° y 5° de la presente ley, podrán optar por accionar judicialmente por su reinstalación en el puesto de trabajo con más el pago de los salarios de tramitación hasta su efectiva reincorporación, o convalidar la extinción del vínculo.”

“Artículo 10: Todo empleador que pretenda despedir trabajadores fundado en razones de fuerza mayor, falta o disminución de trabajo que no le fuese imputable, causas económicas o tecnológicas, deberá previamente sustanciar y agotar el procedimiento legislado en el artículo 98 del Capítulo 6 del Título III de la ley 24.013, con independencia de la cantidad de trabajadores afectados.”

 

La región es uno de los focos en donde se visibiliza esa tendencia iniciada a partir de las decisiones económicas adoptadas por el nuevo gobierno. Más allá de los argumentos de sinceramiento de la economía y reordenamiento institucional, la ola de despidos abarca mucho más allá del ámbito público y se llevó puesto miles de trabajadores que cumplían funciones efectivas y centrales en el desarrollo de programas del Estado.

También el sector privado se plegó a la inercia de los despidos y se generó un encadenamiento que fue dejando a comercios y pequeñas industrias al borde del cierre. El caso de Firmat con el cierre de Vasalli y su fuerte impacto en toda la comunidad es una síntesis. La desestabilización de una industria vertebral en las comunidades de la región, tiene efectos negativos que se extienden como un temblor hacia las actividades subsidiarias y los comercios que viven del consumo cotidiano de los trabajadores. Los despidos directos -los trabajadores que se quedan sin empleo por decisión de sus patrones- provocan el debilitamiento y la pérdida de otros puestos de trabajo de forma indirecta. Esas «daños colaterales» no entran en las estadísticas.

A fines del 2015, según datos del Indec, la desocupación llegaba al 6,6% en el país. De acuerdo a las proyecciones de distintas consultoras privadas, para fines de año se espera que el índice trepe hasta superar el 8%. Una fuerte derrota de la cultura del trabajo por vía de la aniquilación de los puestos de trabajo. De acuerdo a los datos difundidos por la consultora Tendencias Económicas, ya suman más de 127 mil los despidos. El presidente, Mauricio Macri, anunció que de aprobarse el proyecto en la Legislatura, sería vetado por el poder Ejecutivo.

 

 

 

 

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