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Foro de Martilleros Juntos por el cambio, alerta sobre un proyecto de regulación de la actividad inmobiliaria en base a un fraude.

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«En respuesta a una nota publicada en vuestro medio el 17 de septiembre, que hace incapié que en Venado Tuerto existen 60 inmobiliarias pero solo la mitad están encuadradas en la ley, es importante aclarar que no existe en, la República Argentina, ley alguna que regule a las empresas inmobiliarias, así como ninguna ley de orden público que establezca que las ventas y/o locaciones de inmuebles deban efectuarse exclusivamente por los autodenominados Corredores Inmobiliarios. Ni el Congreso Nacional ni los Provinciales han eliminado otras figuras de intermediación, por lo cual están en plena vigencia y así lo confirma el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, a saber: la venta pública o subasta, los mandatos, las comisiones, la gestión de negocios, la agencia, la franquicia, el fideicomiso, etc, etc, etc.

Es un error hablar de la ley provincial de corretaje inmobiliario, ya que la ley provincial es solo de creación de un Colegio de Corredores Inmobiliarios. El régimen legal de la profesión está dispuesto en el Nuevo Código Civil y en la Ley Nacional Nº 20.266 modificada por la Ley Nacional Nº 25.028.

Es falso que se haya sancionados en el año 2000 alguna ley nacional de corredor de comercio inmobiliario, así como tampoco ha sido contemplada en el nuevo código.

Es fundamental entender el corretaje, ya que la explicación que dan los voceros del Colegio de Corredores Inmobiliarios (CCI) es muy difusa y mal intencionada.
El corretaje es una mediación en un determinado negocio, y el corredor no puede representar, colaborar ni depender de ninguna de las partes.

El CCI confunde a la población con la intención de crear un monopolio inmobiliario injusto e ilegítimo, aseverando que toda actividad inmobiliaria o “trabajo inmobiliario” es corretaje y eso es una falacia en tanto que un delirio.

La misma ley de colegiación de los autodenominados corredores inmobiliarios, permite el delito penal de usurpación de títulos al habilitar a empresas que entre sus miembros solo cuentan con un matriculado, cuando la ley nacional prohíbe expresamente  a los corredores asociarse con personas que no lo son.

Así también ha sido un fraude a todas luces que el CCI haya otorgado matrículas a unas 800 personas que no contaban con título universitario de Corredor o certificado de idoneidad expedido por los tribunales según la ley lo establecía a la fecha de creación del colegio. Según el mismo Di Nardo lo expresa en la nota:  “La ley fue muy pronta, nosotros cuando participábamos en la Cámara, le decíamos a montones de señores que trabajan en inmobiliaria que se les daba el título de forma accesible, si demostraban idoneidad, con un mínimo de dos años de trabajo.”

Foro de martilleros Juntos por el cambio.

Reproducción textual del Derecho a Réplica solicitados por los firmantes. Sólo fue suprimido un párrafo en que se le imputaba un delito a una persona que nada tiene que ver con el derecho a réplica.

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