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Día de los Derechos Humanos en medio de femicidios, doctrina Bullrich y la mitad de los chicos en la pobreza

(Pedido de Publicación) El 10 de diciembre fue el Día Internacional de los Derechos Humanos. La fecha fue instituida por la ONU al arribarse, durante la Asamblea General celebrada en 1948, a la Declaración Universal de Derechos Humanos. Este instrumento fue adoptado luego de las atrocidades registradas durante la segunda guerra mundial por el régimen nazi. En Argentina tal documento, junto a otras convenciones internacionales, goza de jerarquía internacional luego de la reforma constitucional de 1994.

¿Qué son los derechos humanos? Son derechos inherentes a la persona como tal. Se refieren a la vida, la integridad personal, la libertad, la igualdad, la participación política, como también a la vivienda, la salud, el trabajo, la educación, sin ningún tipo de discriminación. Son derechos garantizados para todos, plasmados en pactos internacionales; por eso los Estados son responsables en casos de violación de los mismos.

La temática comprendida por los derechos humanos es muy amplia. En la actualidad, nuestro país atraviesa serios problemas. Pero hay tres cuestiones relacionadas que me parece oportuno abordar en este artículo: a) los casos de femicidio que día a día van en aumento; b) la denominada doctrina Bullrich; c) la situación de los menores de edad, ya que la mitad de ellos vive en la pobreza. Es evidente el deterioro, no sólo económico, sino también social y cultural en el cual se encuentra inmerso la República Argentina.

“Ni una menos”

Respecto a la violencia de género, las estadísticas indican que se registraron 251 muertes desde el 1 de enero al 15 de noviembre del presente año, según un relevamiento efectuado por el Observatorio de Femicidios del Defensor del Pueblo de la Nación. La información indica que la mayoría de los crímenes se produjeron dentro de un vínculo de pareja o en el seno familiar, y que los lugares donde fueron asesinadas son generalmente sus propios domicilios. De las víctimas, 13 mujeres fueron abusadas sexualmente, en tanto que una joven fue violada hasta la muerte.  Del total, 45 habían denunciado previamente al atacante. En lo que respecta a los femicidas, 13 intentaron quitarse la vida y 47 se suicidaron. Como consecuencia de estos hechos, 122 niños quedaron sin madre y seis niños por nacer murieron durante el embarazo. Las provincias con mayores casos son Buenos Aires (88), Córdoba (23) y Santa Fe (20).

Estas cifras escalofriantes, que lamentablemente desde el 15 de noviembre al día presente se han incrementado, obligan a repensar una política específica para proteger la vida de las mujeres.

“Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta (de la ONU) su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad”, expresa el Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Balas de la discordia

La semana pasada se habló con asiduidad de la doctrina Bullrich, ya que la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, firmó la Resolución 956/2018 por la cual se aprueba el “Reglamento general para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad”. El artículo 2 dice que se hará uso de armas de fuego cuando otros medios no violentos resulten ineficaces, en situaciones de peligro para la vida propia, de otras personas, para impedir la comisión de un delito grave, como también durante “la resistencia a la autoridad” y para “impedir la fuga” del supuesto delincuente. El artículo 3 expresa que los funcionarios policiales pueden descartar la intimación “a viva voz” para hacer cesar la actividad ilícita, cuando dicha acción pueda suponer un riesgo de muerte o de lesiones graves a otras personas, cuando pusieran indebidamente en peligro sus  propias vidas o su integridad física, o cuando resultare ello evidentemente inadecuado o inútil, dadas las circunstancias del caso. El artículo 5 autoriza el empleo de armas de fuego “cuando efectuase movimientos que indiquen la inminente utilización de un arma” o “cuando se fugue luego de haber causado, o de haber intentado causar, muertes o lesiones graves”.

Es claro que hay que combatir el delito, y que debe ser preservada la vida tanto de los agentes policiales y de los autores del hecho, quienes oportunamente deben ser sancionados como corresponde por la Justicia penal, como también de las víctimas o damnificados por la inseguridad. De lo que se trata es de no pecar por ingenuidad. El tema es delicado. La Correpi, Coordinadora contra la represión policial e institucional, informó que, en Argentina, entre 2016 y 2017 murieron 725 personas a manos de las fuerzas de seguridad, federales o provinciales. Es importante poner un freno a la actividad delictiva, pero no dejando vía libre al “gatillo fácil” o a los apremios ilegales. Por otra parte, habría que analizar la Resolución 956/18 en detalle, procediendo de la misma manera con el Código de Conducta para Funcionarios encargados de aplicar la ley, aprobado por la ONU el 17 de diciembre de 1979.

“Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias”, dice el Preámbulo de la declaración ya citada.

Pobreza cero

Las últimas estadísticas difundidas por Unicef son altamente preocupantes: el 48% de los niños, niñas y adolescentes de Argentina son pobres. Entre ellos, el 20% sufre privaciones severas, como vivir en una zona inundable, cerca de un basural o de no haber ido nunca a la escuela entre los 7 y los 17 años de edad.

El informe “Pobreza monetaria  y Privaciones no monetarias en Argentina” elaborado por Unicef precisa que ese 48% representa a 6,3 millones de chicos menores de 18 años, que tienen sus derechos vulnerados en educación, protección social, vivienda adecuada, saneamiento básico, acceso al agua potable y a un hábitat seguro. El panorama es acuciante en aquellos hogares donde el jefe o jefa de hogar tienen bajos niveles educativos, empleos informales o se encuentran desempleados. También en familias monoparentales, donde generalmente la madre es la única proveedora de ingresos, además de asumir las tareas domésticas y de cuidado de los niños.

Semejantes estadísticas deberían generar un replanteo urgente de políticas públicas estatales para comenzar a revertir la situación socio-económica.  De lo contrario, los índices se acrecentarán y terminarán engrosando la desigualdad.

“La Asamblea General (de la ONU) proclama la presente Declaración Universal de los Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción”, culmina diciendo el Préambulo.

En este 70º aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que las afirmaciones con que se inicia no queden en meros deseos o acciones parciales, y puedan seguir cristalizándose en medidas positivas que mejoren la calidad de vida de aquellos sectores que, por diferentes circunstancias, se encuentran postergados.

Guillermo Magallanes

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