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DEMAGOGIA PUNITIVA: MASCIOLI PIDE A JUECES Y FISCALES QUE PIENSEN PRIMERO EN EL DOLOR DE LAS VÍCTIMAS Y LUEGO EN LOS DERECHOS DE QUIENES DELINQUEN

mascioli-1En una muestra más de lo que en derecho penal se denomina «demagogia punitiva» el Diputado Provincial Darío Mascioli reclamó «a Jueces y Fiscales que piensen primero en el dolor de las víctimas y luego en los derechos de quienes delinquen». Este planteo es violatorio de las leyes y los pactos vigentes, incluso de la Constitución Nacional y Provincial ya que aún los responsables de delitos, todos los seres humanos, somos sujetos de derecho. Resulta difícil de aceptar que un referente de uno de los poderes del estado reclame cuestiones que son ilegales. El estado no puede cometer delitos, ni aún en nombre de la ley y los derechos. El comunicado de Mascioli dice textualmente:

Luego de los últimos hechos delictivos que incluyen violencia, robo a mano armada y disparos en distintas ciudades de la provincia,   en las últimas horas en la ciudad de Venado Tuerto, donde un comerciante resulto herido en el marco de un asalto en horas del mediodía,  o en Rufino donde un joven fue apuñalado a la salida de un boliche, el diputado Darío Mascioli, exigió a los operadores de la justicia actuar con mayor objetividad con quienes delinquen en defensa de la paz social.

 “Les pedimos a jueces y fiscales que piensen primero en dar una oportunidad  a la víctimas,  a  los ciudadanos de buena voluntad que cumplen con las normas de convivencia y luego evaluar  si se pueden tener algunas consideraciones como la prisión  morigerada, la salida laboral o para estudiar a quienes  infringen las leyes penales. Como se puede ver en cientos de  ejemplos  la persona que delinque no las ve como una posibilidad de cambio de conducta sino como una suerte de impunidad y reitera sus contravenciones una y otra vez. Mientras desde los gobiernos locales, intendentes y presidentes comunales invocan  a las fuerzas divinas para que los delincuentes tengan mala puntería ”, alertó Mascioli.

“El Ministerio de la Acusación nos muestra estadísticas  de los detenidos, pero no nos dice cuántos asaltantes , arrebatadores y ladrones están en las calles  con tres o cuatro causas acumuladas a año y medio del nuevo sistema. Estos casos son los más dañinos para el ánimo social, porque se considera de poco monto un robo de 2 mil pesos a un comercio, pero esa cantidad puede ser el resultado de ocho horas de trabajo de un comerciante para  pagar la luz u otro servicio y luego no hay resarcimiento. A veces al robar una cartera se llevan medicamentos o anteojos, tarjetas, documentos  que luego la víctima debe volver a pagar con mucho esfuerzo de su bolsillo y como es un delito menor quien lo robó sigue haciendo daño  en la calle”, advirtió el jefe de Bloque FpV.

“En este punto es cuando exigimos mayor compromiso a los operadores judiciales, y esperamos con expectativas que esta semana se trate en la Cámara Baja, a la cual pertenecemos, las reformas al Código Procesal Penal donde apuntamos a dar más herramientas legales a los fiscales y los jueces, modificando los artículos que tiene que ver con  la prisión preventiva, la flagrancia y también los plazos. Es por ello que esta semana exigiremos a mis pares, otorgar esas herramientas a los actores del Poder Judicial para que sean más objetivos y menos subjetivos, incluido el proyecto de modificación que viene con media sanción del Senado con las modificaciones que hicieron  los senadoresEnrico y Gramajo. No dejamos de observar que la  sociedad santafesina nuevamente empezó con las marcha  y los reclamos  y creo que hoy está en nuestras bancas la responsabilidad de dar el primer paso. Luego será el poder judicial el que deberá dar la explicaciones sobre su actuaciones”, sintetizó Mascioli.

PROYECTO DE LEY

Respecto a la procedencia de la prisión preventiva el proyecto presentado por Mascioli y que será evaluado por las respectivas comisiones en Cámara de Diputados es el siguiente:

ARTICULO 1: Modifíquese la Ley Nº 12374 en su Artículo Nº 219, Procedencia de la Prisión Preventiva, quedando redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 219°: Procedencia de la prisión preventiva.- A pedido de parte podrá imponerse prisión preventiva al imputado, en cualquiera de los siguientes casos:

a) Si el hecho se cometió con arma de fuego, sin importar si la misma posee aptitud para el disparo o fuese de utilería y existen elementos de convicción suficientes para sostener su probable autoría o participación punible en el hecho investigado.

b) Cuando se estimaran reunidas las siguientes condiciones:

1) existencia de elementos de convicción suficientes para sostener su probable autoría o participación punible en el hecho investigado;

2) la pena privativa de libertad, que razonablemente pudiera corresponder en caso de condena, sea de efectiva ejecución;

3) las circunstancias del caso autorizaran a presumir el peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación.

Presupuesto de validez de la medida es la celebración previa de la audiencia imputativa prevista por los artículos 274 y siguientes”.

MONTO DE LA PENA

El segundo proyecto de Mascioli apunta a que se derogue el segundo inciso del Art 219 que debe cumplirse para dictar la prisión preventiva y que está relacionado con el cumplimiento efectivo de pena en expectativa, recordando que ya existe un antecedentes de la Cámara de Apelaciones en lo  Penal de la 3era Circunscripción que establece que no debe ser condicionantes este inciso para evaluar la procedencia de la prisión preventiva .

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